miércoles, 2 de mayo de 2007

SOBRE LA LICENCIA DE RADIONOTICIEROS

Comparto con ustedes los requerimientos para solicitar la licencia de radionoticiero ante el Ministerio de Comunicaciones.

Programas informativos o periodísticos (ley 74 de 1996)

Definiciones: programas informativos (radionoticieros): los que consisten en suministrar noticias sin comentarios. Periodísticos (radioperiódicos): los que utilizan modalidades de la prensa escrita como editoriales y comentarios de noticias o sucesos con carácter crítico o expositivo.

Requisitos: (solicitud firmada por el director del programa) determinando las características de la emisión y del horario de la transmisión indicando la estación de radiodifusión por donde será transmitido el programa.

Anexos que se deben acompañar a la solicitud:
Fotocopia de la cedula de ciudadanía del director del programa
Prueba de idoneidad profesional del director del programa, que puede consistir en un titulo expedido por una entidad docente de periodismo, debidamente aprobada y
reconocida por el gobierno colombiano o un titulo académico universitario aprobado por el ministerio de educación nacional, o en una constancia de que se ha ejercido por lo menos durante tres años la profesión de periodista, constancia que podrán expedir los directores de periódicos, radionoticieros o radioperiódicos, o las organizaciones gremiales de periodistas legalmente constituidas.
Póliza otorgada por cualquier compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, cuyo tomador deberá ser el director del programa, por el mismo termino devigencia que solicita la licencia, y cuantía de $20.000.

No hay comentarios.: